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Friday, March 12 2010 @ 12:13 AM COT

Trabajadores del servicio doméstico deben estar afiliados al sistema de seguridad social

Temas Generales

El empleado, que no es distinto de uno que se desempeñe en otro campo, debe seleccionar la EPS y el fondo de pensiones que más se acomode a sus necesidades, mientras que el empleador elige la ARP.

Los aportes al sistema de salud y al de pensión se harán conjuntamente, tal como lo estipula la ley: el empleador aportará 8,5 por ciento del salario por salud y el 12 por ciento por pensión, mientras que al empleado le corresponde aportar el 4 por ciento a cada una.

Aunque algunos de estos empleados ganan un salario inferior al mínimo legal vigente (496.900 pesos), al momento de cotizar, el cálculo debe hacerse sobre este parámetro y ambas partes deben cubrir el faltante.

En otros casos, a los empleados se les paga una parte de su sueldo en especie, es decir, con vivienda y alimentación. Si el pacto entre las partes especifica que esto no constituye retribución salarial, no se aporta a seguridad social sobre ellos, pero teniendo claro que la base de cotización no puede ser inferior al mínimo legal.

Qué beneficios tiene afiliarlos

Si el empleado de servicio doméstico llega a sufrir una enfermedad o un accidente sin estar afiliado, el patrón tendrá que asumir los costos del tratamiento médico que requiera y si las circunstancias lo precisan, deberá indemnizarlo o pensionarlo con sus propios medios. La afiliación proteje los intereses de ambos.

La legislación laboral es este sentido es clara; puede incurrirse en una falta a los derechos del empleado y en caso de generarse un proceso legal, acarrearía multas y sanciones de diversa índole.

No hay que olvidar que el hecho de que el trabajador esté afiliado al Sisbén, no exime al empleador de sus obligaciones y responsabilidades como contratante.

FERNANDO ROSAS MANRIQUE / Portafolio.com.co - con información de gerencie.com

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